LA DIPLOMACIA
El concepto de diplomacia reviste distintas acepciones de acuerdo con el
mayor o menor grado de inclusión de objetivos y prácticas que a través de ella
se desarrollan. De este modo, y de acuerdo con autores referentes en la
materia, podemos definirla como:
§
“El manejo profesional de las relaciones entre soberanos” (Cohen)
§
“Sentido común y comprensión aplicados a las relaciones internacionales.
La aplicación de la inteligencia y el tacto a la dirección de las relaciones
oficiales entre Gobiernos de Estados independientes” (Nicolson)
§
“La conducción de las relaciones internacionales por negociación, más que
por la fuerza, la propaganda, o el recurso del derecho, y por otros medios
pacíficos – como recabar información o generar buena voluntad- que están
directa o indirectamente diseñados para promover la negociación. Una actividad
esencialmente política y una institución del sistema internacional” (Berridge)
§
“El conjunto de reglas y métodos que permiten a un Estado instrumentar
sus relaciones con otros sujetos del derecho internacional, con el doble objeto
de promover la paz y cultivar una mentalidad universal fomentando la
cooperación con dichos sujetos en los más diversos campos” (Cantilo)
La práctica diplomática
se remonta hasta la Grecia clásica, dándose su evolución paulatinamente de
acuerdo con el proporcional incremento de las relaciones internacionales,
proceso que se intensifica en nuestros días. La importancia de la práctica
diplomática radica en la versatilidad de las funciones desempeñadas por la
figura de los embajadores residentes, cuyas funciones giran en torno a la
generación de información fidedigna, la minimización de las fricciones
potenciales y el fomento de las relaciones amistosas entre los Estados
soberanos.
Podemos distinguir, afines prácticos, la práctica diplomática
contemporánea en cuatro formas: la diplomacia bilateral, la d. ad hoc, la d.
directa y aquella llamada multilateral
Etimología y
evolución histórica del término diplomacia.- La palabra diplomacia
proviene del francés diplomatie y del inglés diplomatics, que a su vez derivan
del latín diploma y éste del griego διπλομα (diploma). El término διπλομα se
compone del vocablo δίπλο (diplo), que significa doblado en dos, y del sufijo
μα (ma), que hace referencia a un objeto.[1]
Un diploma era un documento oficial, “una carta de recomendación o que
otorgaba una licencia o privilegio”,[2]
remitida por la autoridad suprema de una entidad política soberana a las
autoridades de otra, para informarles que el poseedor desempeñaba funciones de
representación oficial y para solicitarles ciertos privilegios para el
funcionario en la jurisdicción del destinatario. Dicho documento se
caracterizaba por estar doblado ,[3]
y en algunas ocasiones cosido[4]
en razón de que el contenido era una comunicación privada entre el remitente y
el destinatario. El documento se entregaba doblado, y contenía una recomendación
oficial –con ciertos poderes– para aquellos funcionarios que se dirigían a otro
país o provincia de un Imperio. El portador del ‘pliego’ o diploma era ipso
facto un diplomático.[5]
En su proceso evolutivo, al pasar por el latín, la palabra diploma fue
adquiriendo distintos significados, entre los que se pueden destacar, “carta
doblada en dos partes”, “documento emitido por un magistrado, asegurando al
poseedor algún favor o privilegio”, y “carta de recomendación emitida por el
Estado, otorgada a personas que viajaban a las provincias”.[6]
Siglos más tarde, en su tránsito por el francés y el inglés, el término
diplomacia amplió su alcance a otras actividades que guardaban relación con el
manejo de documentos oficiales entre soberanos. En Francia, la diplomatie hacía
referencia «a todos los documentos solemnes emitidos por las cancillerías,
especialmente aquellos que contenían acuerdos entre soberanos».
El término inglés «diplomatics» se utilizó específicamente en lo relativo
a la ciencia de la autenticación de documentos antiguos y a la conservación de
archivos. El «oficio de tratar con archivos y diplomas» fue conocido entre los
gobiernos europeos como res diplomatica o asuntos diplomáticos, un elemento que
según Harold Nicolson, «es aún vital para el funcionamiento de cualquier
servicio exterior eficiente».[7]
Hacia finales del siglo XVIII, comenzaron a utilizarse los vocablos
diplomatie, en Francia, y diplomacy,[8]
diplomat y diplomatist, en el Reino Unido, en referencia al “manejo de las
relaciones y negociaciones entre naciones a través de oficiales del gobierno”.[9]
Desde entonces, en palabras de algunos autores, un diplomático es “una persona
autorizada a negociar en nombre de un Estado”.[10]
La figura del agente diplomático
Entendemos por diplomático aquel agente que envía un Estado (acreditante)
ante otro Estado (receptor) para desarrollar las relaciones entre ambos. Las
normas de regulación de la actividad fueron, en su mayoría, de origen
consuetudinario, cristalizándose en la Convención de Viena sobre Relaciones
Diplomáticas del 18 de abril de 1961. De acuerdo con este elemento del derecho
internacional público, las funciones del agente diplomático son:
a) Normales:
§ proteger
los intereses del Estado acreditante en el Estado receptor
§ fomentar
las relaciones amistosas
§ ejercer
(ciertas) funciones consulares
b)
Excepcionales:
§
representar los intereses de un tercer Estado en el Estado receptor
§
representar a un tercer Estado, el cual no posea representación en el
Estado que lo recibe
§
Para la consecución de estos objetivos, los medios de los cuales se sirve
son:
§
Representar al Estado del cual es originario.
§
Negociar con el Estado receptor.
§
Informar a su Estado, por todos los medios lícitos.
Tipología de
las misiones diplomáticas:
Diplomacia
bilateral:
Ante estados:
Eisemberg define las misiones diplomáticas permanentes como el conjunto
de la representación del Estado acreditante en el Estado receptor. La misión
permanente es un órgano en el cual se deposita potencialmente toda la
representación del Estado acreditante, comprendiendo todas las funciones,
actividades y poderes, por tiempo ilimitado.
Ese "conjunto de representación" se integra con elementos
materiales (locales, archivos, documentos, vehículos, diversos bienes) y con un
grupo de personas (los miembros de la misión); así como, por el estatuto
jurídico especial que los regula, que establece los derechos y las obligaciones
de la misión y de sus miembros, regulando además la relación con el Estado
acreditante y el receptor.
Las funciones de las misiones diplomáticas permanentes ante los Estados
se enuncian (no taxativamente) en el artículo 3 de la Convención de Viena de
1961 y son: la representación del Estado acreditante, la protección de los
intereses de Estado acreditante y de sus nacionales, la negociación, la
observación por todos los medios lícitos de las condiciones y acontecimientos
del Estado receptor para luego informar de ella a su Estado y el fomento y
desarrollo de las relaciones amistosas, diplomáticas, económicas, culturales y
científicas, etc.
Ante
organizaciones internacionales.- Doctrinalmente se define a
las misiones permanentes ante las organizaciones internacionales como el órgano
encargado de la representación y de la conducción de la actividad diplomática
entre un Estado miembro de la organización, ante ella y en relación con los
demás Estados miembros. La misión permanente de observación puede definirse de
igual forma, aunque sus cometidos son más limitados, cuando la acredita un
Estado no miembro de la organización.
Las funciones de las misiones ante las Organizaciones Internacionales se
enuncian el artículo 6 de la Convención de Viena de 1975 y son: la
representación del Estado que envía, la negociación, la observación e
información, la protección de sus intereses, así como el enlace con la
organización.
Diplomacia
ad hoc.- El conjunto no es la totalidad y de ahí que puedan coexistir con ellas
otras misiones como las especiales cuya representatividad es otorgada por un
tiempo y para un cometido determinados, los que podrán ser más o menos amplios,
limitación que se pactará en el acuerdo en que se dispone su envío y recepción.
El artículo 1 de la Convención de Nueva York de 1969 define a las misiones
especiales. Se entenderá por una misión temporal, que tenga carácter representativo
del Estado, enviada por un Estado ante otro Estado con el consentimiento de
este último, para tratar con él asuntos determinados o realizar ante él un
cometido determinado.
Las funciones de las misiones diplomáticas especiales acreditadas ante
Estados, «serán determinadas por el consentimiento mutuo del Estado que envía y
del Estado receptor». Las actividades de las misiones especiales se clasifican
en: funciones protocolares (rendir homenajes, participar en un cambio de
gobierno, asistir a una boda real), funciones técnicas (coordinar actividades
pesqueras, militares, comerciales, etc.), funciones de naturaleza política
(coordinar la acción internacional de los Estados, firmar un tratado de paz,
arreglar una alianza) y funciones técnico-políticas, aquellas de desarrollo
técnico pero cuyos resultados posean un marcado contenido y una fuerte
repercusión política (ej. determinación de una frontera). Las delegaciones
(misiones especiales en órganos y conferencias), no tienen fijado a través de
ninguna disposición sus funciones. Debe pensarse entonces que las funciones de
las delegaciones ante un Congreso o Conferencia están determinadas por la
naturaleza de estos y el motivo de la convocatoria. Cuando se tratar de una
Delegación en un órgano de la organización, sus funciones consisten en
participar de las deliberaciones representando al Estado que envía.
Diplomacia
directa o de cumbre:
En serie.- Aquella a
la cual pertenecen las llamadas oficinas temporales o permanentes que los
Estados crean para fines específicos, el envío de funcionarios técnicos para la
discusión de asuntos concretos y las llamadas «misiones especiales».
Ad hoc.- Es
aquella que se establece entre varios países con el mismo objetivo. Es
utilizada para crear convenios comerciales con varios estados al mismo tiempo
Diplomacia
multilateral.- La diplomacia multilateral está marcada por dos elementos esenciales:
las posiciones que un país toma en cuando a cierto temas o problemas y el
proceso por el que un acuerdo acerca de estas situaciones se alcanza. La
relación entre estos dos elementos es la naturaleza dinámica de las actividades
diplomáticas en las Naciones Unidas. Como una relación de negocios, las
transacciones diplomáticas dependen de la confianza entre gobiernos y aún más,
entre embajadores (agentes autorizados) de estos gobiernos. Las relaciones
diplomáticas multilaterales entre dos gobiernos en la arena multilateral
engloban todos los aspectos de la actividad humana – la política, la economía,
las leyes, la seguridad social, los valores, la lengua, la cultura, el arte, la
religión, etcétera.
La diplomacia multilateral es como una tela de araña, con un país jalando
en una dirección y otros más en una dirección opuesta. Cuando se trata de
construir un consenso en un ambiente multilateral, los diplomáticos
constantemente tienen que ajustar el proceso de negociaciones mientras este
está en marcha. El proceso demanda, tanto a los gobiernos como a las Naciones
Unidas, a encontrar un punto común entre intereses nacionales que compiten y se
contraponen. A través de la discusión, la negociación y el compromiso, el
consenso internacional emerge. Mientras el consenso es el objetivo fundamental
de las Naciones Unidas, la complejidad de los intereses y los puntos de vista
hace que sea extremadamente difícil lograrlo en muchas áreas. La divergencia de
las posiciones nacionales son la razón principal por la que el consenso algunas
veces tarda años en lograrse.
Bibliografía
- Diez de Velasco, Manuel (2006). Instituciones de Derecho Internacional Público. Madrid.
- Jiménez de Aréchaga, Eduardo (1989). Derecho Internacional Público Tomo IV. Montevideo.
- Albuquerque de Mello, Celso (1986). Curso de Direito Internacional Público. Río de Janeiro.
- Maresca, Adolfo (1975). La missione speciali. Milán.
- Perez del Cuellar, Javier (1964). Manual de Derecho Diplomático. Lima.
- Jara Roncati, Eduardo (2000). La función diplomática. RIL Editores, Santiago, Chile.
- Cohen, R. (1999). Reflections on the New Global Diplomacy [Innovation in Diplomatic Practice, Studies in Diplomacy]. MacMillan Press Ltd, Londres.
- Nicolson, H. (1995). La Diplomacia. FCE, México.
- Berridge, G.R (1995). Diplomacy: theory and practice. Prentice Hall/Harvester Wheatsheaf.
- Cantilo, J.M. (1993). La profesionalidad del diplomático. GEL · Buenos Aires.
- Podestá Costa-Ruda (1979). Derecho Internacional Público, Volumen 1. Ediciones TEA.
LA DIPLOMACIA
Antecedentes Históricos
La diplomacia es una de las artes
más antiguas del mundo. Existen pruebas de que en la antigua India, China y
Egipto se practicaba rudimentariamente y que tales actividades diplomáticas
fueron refinadas e institucionalizadas en las antiguas Grecia y Roma, donde los
enviados se convirtieron en negociadores dejando de ser simples mensajeros.
Posteriormente, en la Edad Medioa el empleo sistemático de enviados declinó. La
diplomacia moderna surge en las ciudades-estado del Renacimiento italiano,
particularmente en la República de Venecia y los Estados de Milán y Toscana.
En los siglos XIV y XV Venecia era un centro
comercial cuya prosperidad dependía de la información que obtuvieran acerca de
los mercados externos y de la estimación de riesgos de sus empresas en el
exterior. De esta forma que Venecia desarrolló el primer servicio diplomático
profesional y sistemático conocido en el mundo moderno y a partir de allí los
Estados empezaron a remplazar a sus enviados transitorios por misiones
permanentes al exterior. Más tarde se establecieron servicios centralizados
encargados de las relaciones externas de un país como Cancillerías, Ministerios
de Relaciones Exteriores u Oficinas de Asuntos Extranjeros.
En el siglo XVII apareció en Europa
un código complejo acerca de los procedimientos diplomáticos y el protocolo.
Finalmente, en 1961, en la Conferencia de Viena sobre intercambio de
inmunidades diplomáticas, se firmó un vasto acuerdo sobre todos los aspectos
que tienen que ver con la actividad diplomática.
Diplomacia entre los Estados:
Las pautas establecidas por la
Convención de Viena en 1961 estipulan que las relaciones diplomáticas entre
gobiernos no se establecen en forma automática, sino cuando hay mutuo
consentimiento. El primer paso consiste en la presentación de un documento
llamado "agreement" o aprobación por el cual el Estado huésped acepta
a los enviados luego de haber averiguado sus antecedentes y si el tipo de
actividades que van a desarrollar no se contraponen con intereses propios.
Luego, en una breve ceremonia, el nuevo embajador presenta sus
"credenciales" al Jefe de Estado.
Algunos de los privilegios de los
diplomáticos consisten en la denominada inmunidad diplomática, esto implica que
se encuentran fuera de la jurisdicción criminal y civil del Estado huésped,
como también de toda clase de impuestos. Por otro lado, las embajadas son
inmunes a las investigaciones aunque se espera que los diplomáticos accedan a
éstas en forma voluntaria. Si éstos incurren en conductas irregulares pueden
ser temporalmente detenidos para ser deportados y juzgados en su propio país.
Si inician actividades privadas deben sujetarse a cargas, impuestos y
requisitos legales del Estado huésped.
Otro privilegio con que se relaciona
a las actividades diplomáticas es con el principio de extraterritorialidad, que
implica que el embajador, su vivienda y la propiedad circundante se consideran
islas de soberanía del Estado remitente. Sin embargo, actualmente, se ha
abandonado esta práctica y los edificios y el personal dependen, aunque en
forma relativa, del Estado huésped.
Las Funciones de las Misiones
Diplomáticas
Entre las funciones de las misiones
diplomáticas se pueden distinguir principalmente tres: las funciones de rutina,
las de información y las de negociación.
Las funciones de rutina tienen que ver con
papeles y documentos de ciudadanos del país remitente que residen en el Estado
huésped, además de la asistencia a reuniones sociales o ceremonias.
La función de información consiste en la
observación y transmisión al país de origen datos referentes a condiciones
económicas, políticas, sociales, militares, etc., destacando la vinculación,
riesgo o valor de los mismos para el propio país. A esta información enviada se
la denomina inteligencia.
La función de negociación supone la
transmisión de mensajes entre los ministros extranjeros del Estado remitente y
el Estado huésped. Siendo que esta definición es muy escasa y el tema de la
negociación es esencial para la política e instrumentación de la diplomacia,
volveremos a él en la próxima sección.
En la actualidad, la función del
diplomático ha cobrado una nueva dimensión. En vista de que el proceso de
globalización avanza y crece (sobre todo a nivel económico y de
comunicaciones), los diplomáticos tienen que asumir el nuevo rol de descubrir
nichos de oportunidad que generen ventajas al país de origen; por ejemplo, la
venta de bienes y servicios y la inserción del sector privado nacional en el
Estado huésped. Esta función está estrechamente relacionada con las tres enumeradas
anteriormente: implica la asistencia a reuniones y eventos, la transmisión de
información y la negociación de dichas ventajas.
Diplomacia Secreta o Pública.- Para el diplomático inglés Harold
Nicholson, la diplomacia está estrechamente relacionada con la estructuración
de la política exterior y las negociaciones. Con respecto a la política
exterior el debate se plantea en torno a las ventajas y desventajas de la
elaboración secreta o pública de la misma. Algunos de los argumentos que se
plantean son que en la elaboración pública la opinión pública puede actuar como
moderador y equilibrar las ambiciones de los políticos pero, por otro lado, una
vez exaltada puede incitar a políticas aventureras que impliquen alto riesgo.
Además, una elaboración pública privaría del factor sorpresa al Estado en las
decisiones, aunque sus críticos indican que en la era nuclear una
"ventaja" como el secreto o la sorpresa incrementan las posibilidades
de error.
En cuanto a la negociación, la
discusión pasa por quién debe ser el protagonista: el diplomático o el
político. Las desventajas del político son que no conoce en profundidad las
culturas y estilos de vida de otros países y que, por lo general, buscan
triunfos para aventajar a sus adversarios o aumentar el número de electores,
mientras que el objeto de una negociación no es la victoria sino un compromiso
aceptable, viable y favorable. El diplomático, en cambio, tiene más
posibilidades que el político de convertirse en un negociador afortunado ya que
cuenta con preparación profesional, información y estudios sobre las culturas
extranjeras y no buscan el aplauso público.
Nicholson concluye, luego del análisis de
ventajas y desventajas subraya que la elaboración de la política exterior debe
ser un proceso abierto que se pueda explicar públicamente en este proceso los
políticos deben de ser asesorados por diplomáticos. Las negociaciones, por lo
contrario, deben entablarse en forma privada entre diplomáticos y dirigirse a
las metas fijadas por los políticos.
Los rasgos de un diplomático eficaz.- De acuerdo con Nicholson, un
diplomático debe de tener las siguientes cualidades:
•Veracidad, porque contribuye a una
buena reputación e intensifica la credibilidad.
•Precisión, que implica certeza
intelectual y moral.
•Buen carácter, que implica
moderación y sutileza.
•Paciencia, calma, que permite
guardar imparcialidad y precisión.
•Modestia, para no dejarse envanecer
y jactarse de sus victorias y éxitos.
•Lealtad, a sus gobiernos y hasta al
país que los hospeda.
[1] a b c «Diplomacy».
Encyclopædia Britannica Online. Consultado
el 3 de marzo de 2006.
[2] «Diploma». The
concise Oxford dictionary of English etymology. Consultado el 20 de marzo de
2006.
[3] Tiedeman, Anna
(2005). Branding America: An examination of U.S. public diplomacy efforts after
September 11, 2001. Medford, Estados
Unidos: Tufts University.
[4] Ortiz Mina, Pedro Habib (2004). El nuevo rol de la
diplomacia parlamentaria en México: 1994:2002. Ciudad de México, México:
Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, Universidad Nacional Autónoma de
México.
[5] Basave Fernández del Valle, Agustín (2001). Filosofía
del derecho internacional. Ciudad de México, México: Universidad Nacional
Autónoma de México.
[6] «Diploma». A Latin dictionary. Consultado el 14 de
enero de 2007.
[7] Nicolson, Harold (1939). En: Diplomacy. Editado por
Fisher, H. A. L.; Murray,
[8] Gilbert; Huxley,
Julian S.. Londres, Reino Unido: Thornton Butterworth.
[9] «Diplomacy». Online etymology dictionary. Consultado el 17 de enero
de 2006.
[10] «Diplomacy». Random
House unabridged dictionary. Consultado el
21 de noviembre de 2006.
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